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COP 5 Decisión V/4
Secciones retiradas: párrafos 1-20 y anexo I.

Informe sobre el progreso alcanzado en la aplicación del programa de trabajo sobre la diversidad biológica forestal

La Conferencia de las Partes,

Destacando que en la aplicación del programa de trabajo se debe prestar la atención debida a la función de todos los tipos de bosque incluidos los bosques plantados,y a larestauración de los ecosistemas forestales,

Tomando nota de la importancia de la labor relativa a cuestiones taxonómicas, ecológicas y socioeconómicas para la restauración de los ecosistemas forestales y la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica forestal,

Señalando la importancia de los ecosistemas forestal y de los recursos forestales (incluidos los productos y servicios madereros y de oro tipo) para las comunidades indígenas y locales y la necesidad de asegurar su participación en la evaluación del estado y las tendencias de la diversidad biológica forestal para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica forestal,

Tomando nota del propuesto establecimiento y la función de coordinación del Foro de las Naciones Unidas

1. Insta a las Partes, otros gobiernos y las organizaciones pertinentes que promueven la aplicación del programa de trabajo para la diversidad biológica forestal, contenido en la decisión IV/7;

2. Decide considerar en su sexta reunión la ampliación del ámbito del programa de trabajo para que abarque la investigación y las medidas prácticas;

3. Decide pedir a todas las Partes, los gobiernos y las organizaciones no gubernamentales que adopten medidas prácticas en el marco de los programas de trabajo existentes con miras a abordar, con carácter de urgencia, la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica forestal, aplicando el enfoque por ecosistemas y teniendo en cuenta los resultados del cuarto período de sesiones del Foro Intergubernamental sobre Bosques (UNEP/CBD/COP/5/Inf.16), y también que contribuyan a la labor futura del Foro de las Naciones Unidas sobre Bosques;

4. Decide establecer un grupo especial de expertos técnicos sobre la diversidad biológica forestal para que preste asistencia al Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico, Técnico y Tecnológico, sobre la base del mandato especificado en el anexo, en su labor relativa a la diversidad biológica forestal;

5. Pide al Secretario Ejecutivo que designe expertos científicos y técnicos, incluidos expertos especializados en cuestiones de políticas y conocimientos tradicionales para el grupo de expertos técnicos a que se hace referencia en el párrafo supra, teniendo debidamente en cuenta la representación geográfica;.20

6. Pide al Secretario Ejecutivo que prepare la labor del grupo especial de expertos invitando a distintas organizaciones e instituciones internacionales a que aporten datos e información de importancia para el mandato;

7. Invita a las Partes, los países y las organizaciones internacionales, instituciones y procesos y otros órganos pertinentes, así como a las comunidades indígenas y locales y las organizaciones no gubernamentales que aporten información pertinente sobre la aplicación del programa de trabajo mediante, entre otras cosas, monografías, datos contenidos den los informes nacionales y otros medios, según proceda;

8. Alienta a las Partes y a otros gobiernos a que promuevan la integración de los programas forestales nacionales con las estrategias nacionales de diversidad biológica, aplicando el enfoque por ecosistemas y la ordenación sostenible de los bosques;

9. Alienta además a las Partes y otros gobiernos a que aseguren la participación del sector forestal, el sector privado, las comunidades indígenas y locales y las organizaciones no gubernamentales en la aplicación del programa de trabajo;

10. Reconoce las actividades ejecutadas en el pasado por distintas organizaciones y alienta a las Partes y otros gobiernos a que se fortalezcan la capacidad, incluida la capacidad a nivel local, para mejorar la eficacia y las funciones de las redes de áreas forestales protegidas, así como la capacidad nacional y local para la aplicación de la ordenación de la ordenación sostenible de los bosques, incluida la restauración, cuando sea necesario

11. Pide al Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico, Técnico y Tecnológico que antes de la sexta reunión de la Conferencia de las Partes examine los efectos del cambio climático en la diversidad biológica, en colaboración con los organismos pertinentes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, cuando sea viable;

12. Pide al Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico, Técnico y Tecnológico que examine las causas de los incendios forestales descontrolados provocados por personas y sus efectos en la diversidad biológica forestal, y proponga posibles criterios para hacer frente a las consecuencias negativas;

13. Insta a las Partes a que examinen sin demora las medias propuestas por el Foro Intergubernamental sobre Bosques y el Grupo Intergubernamental sobre Bosques en relación con elemento del programa II.d(v), relativo a la valoración de los bienes y servicios proporcionados por los bosques;

14. Pide al Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico, Técnico y Tecnológico que examine los efectos de la recolección de recursos forestales no madereros, incluida la carne de animales silvestres y los recursos botánicos vivos, y proponga prácticas sostenibles al respecto;.21

15. Pide al Secretario Ejecutivo que invite a las organizaciones y a los órganos que se ocupan de los bosques, instituciones y procesos pertinentes, incluidos procesos de criterios e indicadores, así como a las comunidades indígenas y locales, las organizaciones no gubernamentales y otros interesados directos pertinentes a que contribuyan a la evaluación del estado y las tendencias, incluidas las lagunas y las medidas prioritarias necesarias para hacer frente a las amenazas para la diversidad biológica forestal;

16. Insta a la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, incluido el Protocolo de Kyoto, a que se asegure de que las actividades futuras de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, incluidos los bosques y la fijación de carbono, son coherentes con la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica forestal y la apoyan;

17. Pide al Secretario Ejecutivo, que en colaboración con la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y el Grupo Intergubernamental sobre el Cambio Climático, reúna la información disponible relativa a la integración de consideraciones de diversidad biológica, incluida su conservación, en la aplicación de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre al Cambio Climático y su Protocolo de Kyoto;

18. Pide al Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico, Técnico y Tecnológico que, con antelación a la sexta reunión de la Conferencia de las Partes, prepare orientaciones científicas, en colaboración con los Órganos pertinentes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el cambio Climático y el Grupo Intergubernamental sobre Bosques cuando proceda y sea viable, con miras a integrar consideraciones relativas a la diversidad biológica forestal, incluida la conservación de la diversidad biológica, en la aplicación de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y su Protocolo de Kyoto;

19. Pide al Presidente de la quinta reunión de la conferencia de las Partes en el Convenio sobre la Diversidad Biológica que en su sexta reunión transmita la presente decisión a la reunión de la Conferencia de las Partes en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático;

20. Invita al Secretario Ejecutivo a fortalecer la cooperación con la con cooperación con la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, incluido el Protocolo de Kyoto, la Convención de las Naciones Unidas de lucha contra la desertificación, la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), y la Convención de Ramsar sobre los Humedales, especialmente en relación con cuestiones de importancia para la diversidad biológica forestal, teniendo en cuenta la función del Foro de las Naciones Unidas sobre Bosques;.22

GRUPO ESPECIAL DE EXPERTOS TÉCNICOS SOBRE DIVERSIDAD BIOLÓGICA FORESTAL

Mandato

Teniendo en cuenta el enfoque por ecosistemas y la ordenación sostenible de los bosques, las decisiones de la Conferencia de las Partes sobre cuestiones temáticas e intersectoriales, en particular el artículo 8 j), las medidas propuestas convenidas por el Foro Intergubernamental sobre Bosques (GIB), así como la labor de otros procesos y organizaciones internacionales pertinentes, incluida la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), procesos relacionados con indicadores y criterios, la Organización Internacional de las Maderas Tropicales (ITTO) y el Centro de Investigación Forestal Internacional (CIFOR), los resultados de la octava reunión de la Comisión sobre el Desarrollo Sostenible, y contribuyendo a la labor futura del Foro de las Naciones Unidas sobre Bosques, en el contexto del programa de trabajo para la diversidad biológica forestal, y en apoyo de ésta, y aprovechando la información contenida en monografías disponibles,

1. Proporcionar asesoramiento sobre programas científicos y cooperación internacional en materia de investigación y desarrollo relacionados con la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica de la diversidad biológica forestal en el contexto del programa de trabajo para la diversidad biológica forestal (decisiones IV/7 y V/4);

2. a) Realizar un examen de la información disponible sobre el estado y las tendencias de la diversidad biológica forestal y las amenazas principales para identificar lagunas de importancia en esa información;

b) Identificar opciones y proponer medidas prioritarias, plazos y los agentes pertinentes para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica forestal para su aplicación mediante actividades como:

i) Determinar nuevas medidas para mejorar la conservación de la diversidad biológica forestal dentro y fuera de las áreas protegidas existentes;

ii) Determinar medidas prácticas para mitigar las causas directas subyacentes de la pérdida de diversidad biológica forestal;

iii) Identificar instrumentos y mecanismos para aplicar las medidas y las actividades seleccionadas;

iv) Seleccionar medidas para la reforestación de bosques diezmados; y

v) Formular estrategias para mejorar la ordenación colaborativa con las comunidades indígenas y locales..23

c) Identificar las tecnologías y los conocimientos innovadores, eficientes y más modernos para la evaluación, planificación, valoración, conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica forestal, y prestar asesoramiento sobre modos y medios de promover el desarrollo y la transferencia de esas tecnologías.

Duración de la labor

La labor del grupo especial de expertos sobre la diversidad biológica forestal deberá dar comienzo inmediatamente después de la aprobación del mandato por la Conferencia de las Partes en su quinta reunión, y la designación de expertos debe finalizarse a más tardar para la séptima reunión del Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico, Técnico y Tecnológico y a tiempo para la sexta reunión de la Conferencia de las Partes, que examinará la diversidad biológica como una de sus cuestiones prioritarias..24