1.Adopta el Plan Estratégico del Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología para el período 2011-2020 (anexo I a la presente decisión) y su programa de trabajo plurianual de la Conferencia de las Partes que actúa como reunión de las Partes en el Protocolo (anexo II a la presente decisión);
2.Insta a las Partes, e
invita a otros gobiernos y organizaciones internacionales pertinentes, según proceda a:
(a)revisar y alinear, según proceda, sus planes de acción nacionales y programas pertinentes a la aplicación del Protocolo, incluidos sus Estrategias y planes de acción nacionales sobre diversidad biológica con el Plan estratégico; y
(b)asignar los recursos humanos y financieros adecuados y necesarios para agilizar la aplicación del Plan estratégico;
3.Insta a las Partes a presentar sus informes nacionales sobre la aplicación del Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología de manera exhaustiva y puntual haciendo uso del formato de presentación del segundo informe nacional para que la segunda evaluación y examen de la eficacia del Protocolo, entre otras cosas, establezcan una referencia para evaluar los progresos en la aplicación del Protocolo y del Plan estratégico;
4.Decide realizar una evaluación a medio plazo del Plan estratégico:
(a)cinco años después de su adopción conjuntamente con la tercera evaluación y examen programados por realizar en la octava reunión de la Conferencia de las Partes que actúa como reunión de las Partes en el Protocolo;
(b)utilizando criterios apropiados de evaluación que han de ser propuestos por el Secretario Ejecutivo en la séptima reunión de la Conferencia de las Partes que actúa como reunión de las Partes en el Protocolo.
Anexo I
Plan estratégico para el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología en el período 2011-2020
I.EL CONTEXTO
1.El Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología fue adoptado en enero de 2000 y entró en vigor el 11 de septiembre de 2003. La primera reunión de la Conferencia de las Partes que actúa como reunión de las Partes en el Protocolo (COP-MOP) adoptó, basándose en las recomendaciones del Comité Intergubernamental para el Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología, un programa de trabajo a mediano plazo para el período que abarca desde la segunda hasta la quinta reuniones de la Conferencia de las Partes que actúa como reunión de las Partes en el Protocolo.
2.Durante los últimos seis años desde la primera reunión de las Partes, se han alcanzado importantes logros hacia la aplicación del Protocolo. El número de Partes ha aumentado en más de 100 desde que el Protocolo entró en vigor. Se han adoptado muchas decisiones para facilitar la aplicación del Protocolo y se puso plenamente en funcionamiento el Centro de intercambio de información sobre seguridad de la biotecnología. Más de 100 países recibieron, por conducto de los organismos de ejecución del Fondo para el Medio Ambiente Mundial (FMAM), asistencia para creación de capacidad en apoyo de sus esfuerzos por desarrollar y aplicar sus marcos nacionales jurídicos y administrativos sobre seguridad de la biotecnología. El número de arreglos de cooperación bilaterales, subregionales y regionales para prestar apoyo a las actividades de creación de capacidad sobre seguridad de la biotecnología también ha aumentado en los últimos años.
3.El programa de trabajo a mediano plazo de la Conferencia de las Partes que actúa como reunión de las Partes en el Protocolo ha sido fundamental para orientar la aplicación del Protocolo. El período del programa de trabajo a mediano plazo finaliza en la presente reunión de las Partes en el Protocolo.
4.Se ha establecido un proceso para llevar a cabo la evaluación y revisión de la eficacia del Protocolo de conformidad con el artículo 35 del mismo. El inicio del proceso de evaluación y revisión por un lado, y la finalización del programa de trabajo a mediano plazo por el otro, ofrecieron a las Partes la oportunidad de elaborar una visión a largo plazo para el Protocolo en la forma de un plan estratégico y un programa de trabajo plurianual correspondiente. Esto también coincide con el proceso en curso de revisión y actualización del Plan Estratégico del Convenio en vista de la resolución de actuar más allá de la meta de 2010 para la diversidad biológica.
5.La aplicación del Protocolo aún presenta importantes retos. La Conferencia de las Partes que actúa como reunión de las Partes en el Protocolo aún debe proporcionar orientación adicional y aclarar los procedimientos y procesos en diversas esferas, tales como la aplicación del procedimiento de consentimiento fundamentado previo, cumplimiento (artículo 34), responsabilidad y compensación (artículo 27), evaluación del riesgo y gestión del riesgo (artículos 15 y 16), manipulación, transporte, envasado e identificación (artículo 18) y creación de capacidad (artículo 22). Uno de los principales requisitos previos para la ejecución satisfactoria de las actividades planificadas es el suministro de recursos financieros suficientes, incluidos mecanismos de alternativa para la financiación y el apoyo técnico, especialmente para los países en desarrollo y con economías en transición.
6.Este plan estratégico y el programa de trabajo plurianual que lo acompaña (anexo II) han sido preparados en base a las ponencias de las Partes, al análisis de los primeros informes nacionales, a las sucesivas decisiones adoptadas por la Conferencia de las Partes que actúa como reunión de las Partes en el Protocolo en sus cuatro últimas reuniones y a debates generales y observaciones remitidas por las Partes, otros gobiernos e interesados directos. En el Plan estratégico también se ha tenido en cuenta la experiencia adquirida por medio del desarrollo, la aplicación y la revisión del Plan estratégico del Convenio.
II.EL PLAN ESTRATÉGICO: SU INTERPRETACIÓN Y SUPERVISIÓN
7.El Plan estratégico consta de una visión, una misión y cinco objetivos estratégicos. Para cada objetivo estratégico hay diversos efectos esperados, objetivos operacionales, resultados e indicadores. Los objetivos estratégicos se han derivado y priorizado según su contribución a la plena aplicación del Protocolo, tomando en consideración la aplicación limitada conforme a lo determinado por el proceso de evaluación y revisión. Las áreas focales subyacentes de los cinco objetivos estratégicos son, en su orden de prioridad, las siguientes: 1. Facilitar el establecimiento y desarrollo más a fondo de sistemas de seguridad de la biotecnología eficaces para la aplicación del Protocolo; 2. Creación de capacidad; 3. Cumplimiento y revisión; 4. Intercambio de información; 5. Divulgación y cooperación.
8.La visión y misión son las declaraciones generales de la situación futura deseada y la finalidad que el Plan estratégico procura lograr a largo plazo, mientras que los cinco objetivos estratégicos describen con qué se deberá cumplir para que puedan alcanzarse la visión y la misión dentro del plazo de diez años de vigencia del Plan. Además, el Plan estratégico se ha presentado en la forma de un marco lógico para facilitar las referencias:
(a)cada objetivo estratégico tiene diversos efectos esperados que se producirán si se cumple con el objetivo estratégico;
(b)los objetivos operacionales comprenden acciones que deberán llevarse a cabo a fin de lograr los efectos;
(c)los resultados son las consecuencias que se verían si se lograsen los objetivos operacionales; la suma de los resultados dará lugar a los efectos de los objetivos estratégicos; y
(d)los indicadores actúan como instrumento de supervisión y evaluación del Plan estratégico para medir los logros.
9.Los interesados directos del Plan estratégico variarán según las cuestiones, las medidas o las actividades descritas en el Plan. Algunas de las medidas serán aplicadas ya sea por las Partes u otros gobiernos o la Secretaría u otras organizaciones o individuos, o por una combinación de todos estos.
10.Los elementos del Plan estratégico también deberían interpretarse teniendo en cuenta el texto del Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología. Toda interpretación o lectura del Plan estratégico debería considerarse únicamente en el contexto y en el ámbito del Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología.
11.Este Plan estratégico se aplicará por medio de un programa de trabajo decenal para el Protocolo que se apoyará en planes de trabajo bienales. El programa de trabajo se ajustará periódicamente, si es necesario, en base a lo siguiente: i) la experiencia adquirida en la aplicación de los requisitos del Protocolo; y ii) el resultado de la evaluación y revisión periódica de la eficacia del Protocolo, tal como se estipula en el artículo 35 del Protocolo. Se llevará a cabo una evaluación en la mitad del período cinco años después de la adopción del Plan estratégico. En este proceso de evaluación, se utilizarán los indicadores del Plan estratégico para evaluar en qué medida se están logrando los objetivos estratégicos. La información se obtendrá principalmente de los informes nacionales y de otras fuentes que sean pertinentes y estén disponibles para generar los datos necesarios para el análisis. La evaluación capturará la eficacia del Plan estratégico y permitirá a las Partes adaptarse a las tendencias incipientes en la aplicación del Protocolo. Deberán asignarse recursos suficientes a este proceso.
III.POSTULADOS
12.En la elaboración del Plan estratégico se han aplicado diversos postulados. En primer lugar, se supone que la Conferencia de las Partes que actúa como reunión de las Partes en el Protocolo adoptará diversas decisiones, por ejemplo sobre: enfoques comunes para la evaluación del riesgo y la gestión del riesgo; identificación y documentación; un protocolo suplementario sobre responsabilidad y compensación; y consideraciones socioeconómicas y adopción de decisiones. También se supone que:
(a)las Partes y las organizaciones subregionales están incorporando las normas y procedimientos a partir de las decisiones de la Conferencia de las Partes que actúa como reunión de las Partes en el Protocolo en sus marcos nacionales o regionales;
(b)el "Plan de acción para creación de capacidades para la aplicación efectiva del Protocolo" se actualizará regularmente, se llegará a un consenso sobre éste y será aplicado;
(c)las Partes presentarán, de manera oportuna, informes nacionales y la información requerida, tales como las leyes y reglamentos existentes, y decisiones sobre los organismos vivos modificados, al Centro de intercambio de información sobre seguridad de la biotecnología.
(d)se ofrecerán recursos adecuados y previsibles a nivel internacional y nacional. También debe señalarse que los presupuestos detallados bienales que se presentan a cada reunión de la Conferencia de las Partes que actúa como reunión de las Partes en el Protocolo durante la vigencia del Plan estratégico son esenciales para la aplicación efectiva de este.
13.13. Otro de los postulados es que se establecerá la base de la situación de aplicación del Protocolo y los indicadores mundiales después del proceso de segunda evaluación y revisión del Protocolo en la sexta Conferencia de las Partes que actúa como reunión de las Partes en el Protocolo para obtener un cuadro mundial. Los indicadores han sido redactados de manera que faciliten la medición del progreso en relación con esta base.
IV.RECURSOS HUMANOS NECESARIOS PARA APOYAR LA APLICACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO
14.La aplicación del Plan estratégico exige recursos financieros adecuados en apoyo de las actividades pertinentes a nivel nacional así como de actividades que se espera realice la Secretaría.
15.Se reconoce que las Partes se enfrentan a retos para tener acceso a fondos disponibles en el marco del actual mecanismo financiero. Es por consiguiente necesario adoptar medidas para mejorar el acceso a los fondos disponibles. A este respecto se invita al Fondo para el Medio Ambiente Mundial a poner fondos a disposición de las Partes admisibles con más facilidad y a supervisar el acceso expedito a tales fondos. Se invita además a las Partes a proporcionar, en sus informes nacionales, en la sección del formato de presentación de informes que se refiere a la creación de capacidad, información sobre sus experiencias en tener acceso a los fondos existentes del Fondo para el Medio Ambiente Mundial.Invita también a las Partes a que suministren por conducto de sus informes nacionales, en la sección del formato para la presentación de informes que se refiere a creación de capacidad, información sobre su experiencia en el acceso a los fondos actuales del Fondo para el Medio Ambiente Mundial;