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MOP 5 Decisión BS-V/14

BS-V/14.Vigilancia y presentación de informes (Artículo 33)

La Conferencia de las Partes que actúa como reunión de las Partes en el Protocolo de Cartagena sobre la Seguridad de la Biotecnología,
Recordando la decisión BS-I/9, en la que se pidió a las Partes que presenten sus informes en general cada cuatro años desde la fecha de entrada en vigor del Protocolo,
Tomando nota de los primeros informes nacionales, que debían ser presentados en septiembre de 2007,
Recordando también la decisión BS-IV/14, por la que se pedía al Secretario Ejecutivo que proponga mejoras del formato de presentación de informes basadas en las experiencias adquiridas con el análisis de los primeros informes nacionales, las recomendaciones del Comité de cumplimiento y las propuestas presentadas por Partes, para someterlas a la consideración de la quinta reunión de la Conferencia de las Partes que actúa como reunión de las Partes en el Protocolo,
Tomando nota de las recomendaciones del Comité de cumplimiento acerca de la presentación de informes nacionales,
1.Acoge con satisfacción el formato de presentación de informes anexo a la presente y pide al Secretario Ejecutivo que dé a conocer el formato final disponible por conducto del Centro de intercambio de información sobre seguridad de la biotecnología y en formato de Microsoft Word;
2.Pide a las Partes que utilicen el formato de presentación de informes para preparar su segundo informe nacional o, en el caso de aquellas Partes que presentan su informe nacional por primera vez, que lo utilicen para su primer informe nacional acerca del cumplimiento de sus obligaciones en virtud del Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología;
3.Pide a las Partes que presenten a la Secretaría su segundo informe nacional sobre la aplicación del Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología:
(a)en un idioma oficial de las Naciones Unidas;
(b)por conducto del Centro de intercambio de información sobre seguridad de la biotecnología, o en el formulario en formato de Microsoft Word que la Secretaría dará a conocer para este fin, debidamente firmado por el punto focal nacional;
4.Alienta a las Partes a responder todas las preguntas del formato de presentación de informes, incluidas aquellas que no necesariamente representan obligaciones conforme al Protocolo, pero que se consideran útiles para recopilar la información que facilita la determinación de niveles básicos para los procesos subsiguientes de evaluación y revisión de la eficacia del Protocolo, así como para medir el logro de lo prescrito en el Plan estratégico adoptado en la presente reunión;
5.Reitera su recomendación a las Partes de que preparen sus informes mediante un proceso de consultas en las que participen, según proceda, todos los interesados directos pertinentes;
6.Alienta a las Partes a dar prioridad, según proceda, a la presentación de informes nacionales, cuando traten de obtener financiación del Fondo para el Medio Ambiente Mundial;
7.Alienta a las Partes que tengan dificultades para completar a tiempo sus obligaciones de presentación de informes a que pidan asistencia a la Secretaría o al Comité de cumplimiento, y utilicen, cuando corresponda, expertos nacionales y expertos de la lista de expertos en seguridad de la biotecnología;
8.Pide al Secretario Ejecutivo que:
(a)considere ajustar el formato de presentación del tercer informe nacional e informes subsiguientes, y ponga el formato a disposición de la reunión adecuada de las Partes en el Protocolo, con miras a relacionar los informes nacionales con las prioridades estratégicas del Protocolo, limitando la subsiguiente presentación de informes a:
(i)cuestiones que requieren actualización regular; y
(ii)cuestiones relacionadas con las esferas prioritarias aplicables al período al que se refiere el informe, tal como se indicó en el Plan estratégico y el programa de trabajo, y según lo determinó la Conferencia de las Partes que actúa como reunión de las Partes en el Protocolo;
(b)envíe recordatorios confidenciales a los puntos focales nacionales de cada una de las Partes que no hayan presentado su informe nacional, mencionando su obligación de hacerlo; y
(c)organice un foro en línea o, sujeto a la disponibilidad de fondos, talleres regionales o subregionales sobre presentación de informes nacionales, con miras a brindar asistencia a las Partes para preparar sus informes nacionales e intercambiar información sobre prácticas idóneas y experiencias relativas al cumplimiento de las obligaciones de vigilancia y presentación de informes conforme al Protocolo;
(d)tenga en cuenta, al determinar la fecha de presentación de los segundos informes nacionales de acuerdo con el párrafo 5 de la decisión BS-I/9, las limitaciones de tiempo a las que las Partes que son países en desarrollo pudieran enfrentarse debido a una capacidad limitada;
9.Tomando nota de que algunas Partes en el Convenio que aún no son Partes en el Protocolo han presentado sus primeros informes nacionales, invita a los Estados que no son Partes a compartir sus experiencias e información sobre medidas reglamentarias y administrativas relacionadas con la seguridad de la biotecnología por medio de la presentación de informes nacionales.
El anexo de esta decisión es disponible en formato PDF.